Carta de Servicios a la Ciudadanía

El Colegio Oficial de Geólogos de Andalucía es una corporación profesional de derecho público, que se constituye en el marco de la legislación básica del Estado por segregación del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos de ámbito nacional, aprobada por Decreto 163/2003, de 10 de junio, de la Junta de Andalucía, con personalidad jurídica propia y capacidad plena para el ejercicio de sus funciones y cumplimiento de sus fines; con estructura democrática e independiente. Gozará a todos los efectos del rango y preeminencia atribuidos a esta clase de entidades, siendo su duración ilimitada.

Su ámbito territorial comprende toda la comunidad autónoma Andaluza. Tiene como finalidad última la tutela del correcto ejercicio de la profesión como garantía de los derechos de los ciudadanos, velando para que se elimine cualquier obstáculo jurídico o de otra índole que impida a sus colegiados el ejercicio de las atribuciones y actividades que legalmente tienen reconocidas, promoviendo en su caso las actuaciones administrativas o judiciales que correspondan contra el intrusismo profesional.

Así mismo, el ICOGA colabora con los distintos poderes públicos, entidades, corporaciones y demás organismos con el fin de asegurar la presencia de la profesión en los ámbitos de la sociedad en general.

Se pretende, en definitiva, alcanzar la adecuada satisfacción de los intereses generales en relación con el ejercicio de la profesión, comprometiéndose a mejorar de forma continua la calidad técnica y funcional de los servicios prestados, siempre bajo el prisma de una gestión enfocada hacia la excelencia.

Órganos colegiales que prestan los distintos servicios

Todos los servicios del ICOGA son gestionados por la Junta de Gobierno electa, que lleva a cabo las decisiones adoptadas en las distintas Asambleas Generales Ordinarias, y Extraordinarias en su caso, órgano supremo de expresión de la voluntad del Colegio.

Actualmente, la Junta de Gobierno del ICOGA se compone de los siguientes miembros:

Presidente:
D. Antonio Jesús García Guerrero

Vicepresidente:
D. José Carlos Feixas Rodríguez

Secretario:
D. José Daniel Liso Martín

Tesorera:
Dña. Otilia Padial Reyes

Vocales:
Dña. Mercedes García Padilla
Dña. Encarnación Águila Sánchez
D. Ángel Joaquín Maestre García
Dña. Manuela Utrilla Ocañaz

Fines del ICOGA

  1. Alcanzar la adecuada satisfacción de los intereses generales en relación con el ejercicio de la profesión de geólogo.
  2. La ordenación del ejercicio de la profesión de geólogo, dentro del marco legal y en el ámbito de sus competencias.
  3. La representación y defensa de los intereses generales de la profesión, así como de los intereses profesionales de los colegiados.
  4. Velar por el adecuado nivel de calidad de las prestaciones profesionales de los colegiados.
  5. Controlar que la actividad de sus colegiados se someta a las normas deontológicas de la profesión.

Funciones profesionales del geólogo

Estudio, identificación y clasificación de los materiales y procesos geológicos, así como de los resultados de estos procesos.

Estudio, identificación y clasificación de los restos fósiles, incluyendo las señales de actividad orgánica.

Investigación, desarrollo y control de calidad de los procesos geológicos aplicados a la industria, construcción, minera, agricultura, medio ambiente y servicios.

Estudios y análisis geológicos, geoquímicos, petrográficos, mineralógicos espectrográficos y demás técnicas aplicables a los materiales geológicos.

Elaboración de cartografías geológicas y temáticas relacionadas con las Ciencias de la Tierra.

Asesoramiento científico y técnico sobre temas Geológicos.

Producción, transformación, manipulación, conservación, identificación y control de calidad de recursos geológicos y geomineros.

Elaboración de los informes, estudios y proyectos para la producción, transformación y control relacionados con recursos geológicos y geomineros.

Proyectos y dirección de trabajos de exploración e investigación de recursos geomineros.

Dirección y realización de proyectos de perímetros de protección, de investigación y aprovechamiento de aguas minerales, minero-industriales, termales y de abastecimiento a poblaciones o complejos industriales.

Planificación y explotación racional de los recursos geológicos, geomineros, energéticos, medioambientales, y de energías renovables.

Identificación, estudio y control de los fenómenos que afecten a la conservación del Medio Ambiente.

Organización y dirección de espacios naturales protegidos cualquiera que sea su grado de protección, parques geológicos y museos de ciencias.

Estudios, informes y proyectos de análisis de tratamiento de problemas de contaminación minera e industrial.
Estudios de impacto ambiental.

Elaboración y dirección de planes y proyectos de restauración de espacios afectados por actividades extractivas.

Estudios y proyectos de protección y descontaminación de suelos alterados por actividades industriales, agrícolas y antrópicas.

Estudios y proyectos de ubicación, construcción y sellado de vertederos de residuos sólidos urbanos y depósitos de seguridad de residuos industriales y radiactivos.

Gestión de planes sectoriales de residuos urbanos, industriales y agrarios.

Planificación de la sensibilización ambiental.

Actuaciones de protección ambiental.

Estudio, evaluación, difusión y protección del Patrimonio Geológico y Paleontológico Español.

Educación geológica, paleontológica y medioambiental. Geología educativa y recreativa.

Enseñanza de la Geología en los términos establecidos por la legislación educativa.

Estudios y proyectos hidrológicos e hidrogeológicos, para la investigación, prospección, captación, control, explotación y gestión de los recursos hídricos.

Identificación y deslinde del Dominio Público Hidráulico y del Dominio Marítimo-Terrestre.

Estudios oceanográficos.

Estudios geológicos relacionados con la dinámica litoral y regeneración de playas.

Estudios del terreno en las obras civiles y edificación para su caracterización geológica.

Elaboración de estudios, anteproyectos y proyectos de Ingeniería Geológica.

Control de calidad, para la caracterización geológica de terrenos.

Dirección técnica y supervisión de sondeos de reconocimiento, muestreo, ensayos «in situ» y ensayos de laboratorio.

Dirección técnica, supervisión y seguimiento de campañas de investigación de campo para caracterización geológica de terrenos en estudios previos, anteproyectos y proyectos de obras civil y de edificación.

Estudios y proyectos sísmicos y de prospección geofísica para caracterización geológica de terrenos.

Estudios de riesgos geológicos y naturales.

Dirección y redacción de estudios geológicos y ambientales para normas subsidiarias municipales y planes y directrices de ordenación del territorio.

Estudios, proyectos y cartografías edafológicas.

Estudios y proyectos de teledetección y sistemas de información geográfica aplicados a la geología.

Geología planetaria.

Todas aquellas actividades profesionales que guarden relación con la Geología y las Ciencias de la Tierra.

Servicios que presta el ICOGA

Respecto a los ciudadanos

Llevar un registro de todos los colegiados en el que consten al menos testimonio auténtico del título académico oficial, la fecha de alta en el Colegio, el domicilio profesional y de residencia, y cuantas circunstancias afecten a su habilitación para el ejercicio profesional.

Establecer baremos de honorarios, que tendrán carácter meramente orientativos.

Intervenir como mediador y en procedimientos de arbitraje en los conflictos que, por motivos profesionales, se susciten entre los Colegiados y los ciudadanos.

El perfeccionamiento de la actividad profesional y la formación permanente de los colegiados.

Adoptar las medidas necesarias para garantizar que los colegiados cumplan con el deber de aseguramiento de la responsabilidad civil en el ejercicio de la profesión.

Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las Leyes generales y especiales y los estatutos colegiales y reglamentos de régimen interior, así como los acuerdos adoptados por los órganos colegiales en materia de sus competencias.

Ordenar, en el ámbito de nuestras competencias, la actividad profesional de los Colegiados, elaborando las normas deontológicas comunes a la profesión de Gestor Administrativo.

Ejercer el derecho de petición conforme a la Ley.

Participar en los órganos consultivos de la Administración, cuando sea preceptivo o ésta lo requiera.

Promocionar las actividades y estudios en materia de geología y facilitar a los colegiados el ejercicio de la profesión.

Ejercer, en el orden profesional y colegial, la potestad disciplinaria sobre los Colegiados en los términos previstos en la Ley 10/2003, de 6 de Noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía

Ejercer cuantas competencias administrativas nos sean atribuidas legalmente, así como colaborar con la Administración mediante la realización de estudios o emisión de informes.

Informar en los procedimientos administrativos o judiciales cuando sea requerido para ello o cuando se prevea su intervención con arreglo a la legislación vigente.

Aquellas otras que se les atribuya por normas de rango legal o reglamentario, les sean delegadas por las Administraciones Públicas o se deriven de convenios de colaboración, y, en general, cuantas funciones redunden en beneficio de la profesión en su ámbito territorial y se encaminen al cumplimiento de los fines asignados a los colegios profesionales.

Respecto a nuestros colegiados

Visar los trabajos profesionales de los colegiados, no comprendiendo los honorarios ni las demás condiciones contractuales, cuya determinación se deja al libre acuerdo de las partes.

Establecer y exigir las aportaciones económicas de los colegiados.

Encargarse del cobro de las percepciones, remuneraciones u honorarios profesionales cuando el colegiado lo solicite libre y expresamente, en las condiciones que se determinan en los presentes Estatutos, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.

Organizar, participar, colaborar y patrocinar actividades y servicios comunes de interés.

Proponer y en su caso adoptar las medidas necesarias para evitar el intrusismo profesional y la competencia desleal, ejercitando al respecto las acciones legales pertinentes.

Fomentar las relaciones con los representantes de los poderes públicos dentro de nuestro ámbito territorial.

Aprobar los estatutos y reglamentos de régimen interior, así como sus modificaciones.

Representar y ejercer la defensa de la Profesión de Geólogo ante la Administración, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales de los Colegiados.

Establecer los presupuestos anuales de ingresos y gastos, sus cuentas y liquidaciones, con sujeción a las normas establecidas en los planes sectoriales del Plan General de Contabilidad e Información Presupuestaria para las Entidades sin ánimo de lucro.

Intervenir como mediador y en procedimientos de arbitraje en los conflictos que, por motivos profesionales, se susciten entre los Colegiados.

Facilitar a los órganos jurisdiccionales y a las Administraciones Públicas, de conformidad con las Leyes, la relación de los colegiados que pueden ser requeridos para intervenir como peritos, o designarlos directamente; dicha relación comprenderá, asimismo, a los profesionales que intervención, previo requerimiento, en procedimientos de justicia gratuita

Asesorar a los colegiados en sus relaciones con las Administraciones Públicas Andaluzas y las empresas, sin perjuicio de la acción sindical que les corresponda a los colegiados.

Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados, impidiendo la competencia desleal entre los mismos.

Ofrecer trámites propios de la actividad profesional, a través de los servicios colegiales, implantándolos a través de la canalización obligatoria para los Colegiados.

Crear signos de identidad corporativa de la profesión y promover su utilización por los Colegiados, así como promover el mejor desarrollo, prestigio y conocimiento social de la profesión.

Informar los proyectos normativos de la Comunidad Autónoma sobre las condiciones generales del ejercicio de la profesión de geólogo.

Gestionar las ofertas de empleo que, desde entidades privadas o públicas, se reciban.

Normativa por la que se rige el ICOGA

Ley 10/2003, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.
Ley 2/2007, de Sociedades Profesionales.
Orden de 18 de marzo de 2004, por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos de Andalucía.
Decreto 216/2006, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía.
Reglamento de Régimen Interior, aprobado en Asamblea General Ordinaria de 13 de diciembre de 2008

Formas en que la ciudadanía puede presentar quejas y sugerencias al ICOGA

Las quejas y sugerencias se presentarán por escrito e incluirían necesariamente la identidad del solicitante, el lugar o medio elegido para la práctica de las notificaciones, el objeto y el destinatario de la petición. Una vez efectuadas las averiguaciones y considerados los informes oportunos, la Junta Directiva resolverá y contestará en el plazo de 30 días hábiles desde la recepción de la misma.

Dirección, datos de contacto y horario de atención al público del ICOGA

Ilustre Colegio Oficial de Geólogos de Andalucía

C/ Balbino Marrón nº 3, Ed. Viapol
Planta 2ª, Módulo 14, 41018, Sevilla

Teléfono de contacto: 954 660 020
Fax: 954 638 319

Página Web: www.icoga.es
Correo Electrónico: icoga@icoga.es

Horario de Atención al Público
De lunes a viernes de 9 a 15h.